martes, 9 de febrero de 2010

Charla sobre "Las concentraciones empresariales en la provincia de Castellón" Dentro del Congreso Abierto y Virtual ‘Castelló 2020’

Mañana miércoles, 10 de febrero, a las 11 horas, Alejandro Roca, Director de Control de Gestión del Grupo Lubasa, y yo mismo ofreceremos la ponencia, "Las concentraciones empresariales en la provincia de Castellón" Dentro del Congreso Abierto y Virtual ‘Castelló 2020’ que ha organizado la UJI con el respaldo de empresarios, sindicatos, profesores universitarios, instituciones públicas y profesionales de todos los ámbitos de la economía provincial.

El acto tendrá lugar en la Sala de Prensa de rectorado de la Universitat Jaume I al cual quedáis todos invitados.

lunes, 1 de febrero de 2010

Autopistas de la notificación vs Servicios Comunes de Notificación

Hace unos meses aparecía en los medios de comunicación una noticia en la que con ironía se comentaba que en los Juzgados de Sevilla estaban paralizadas las notificaciones porque los funcionarios encargados de las mismas solo disponían de cuatro vales de taxi para realizarlas. Pero la cosa no quedaba ahí, además la Junta de Andalucía advertía que a partir de entonces las notificaciones se harían en transporte público, a lo que los funcionarios se negaban.

Esta imagen choca con la que todos hemos visto en alguna película americana en la que alguien, que generalmente lleva una gabardina, se acerca a uno de los protagonistas, le pregunta si es mengano de tal, a lo que el sorprendido personaje contesta afirmativamente, tras lo cual, el misterioso señor de la gabardina le entrega un papelito doblado de color azul y acto seguido, sin más, le dice que está citado para un juicio.

Quizá, con la entrada en vigor de la nueva Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, esta imagen se pueda ver también en nuestro país.

Como comentaba en mi último artículo sobre el desahucio express, uno de los principales problemas de la Justicia en España es el de las notificaciones. Así, aunque se hayan realizado diversas modificaciones legales para acortar los plazos y agilizar los procedimientos judiciales, de nada sirve todo esto si se tardan años en notificar cualquier resolución.

El porqué de estas demoras se debe a muy diversas causas siendo la principal, a mi entender, la tan manida falta de medios de la Administración de Justicia.

Para practicar las notificaciones existe en cada partido judicial una única unidad denominada Servicio Común de Notificaciones y Embargos, un servicio que carece además del personal necesario, como tambien en su día comente en el caso de Castellón. Eso por no hablar del horario de trabajo que tienen, que les obliga a que si una notificación se intenta por la mañana sin resultado hay que solicitar la habilitación de horas por la tarde para volver a intentarlo, con la tardanza que esto conlleva.

Esta nueva Ley va a permitir descargar las notificaciones en los procuradores de cada parte. Los nuevos medios tecnológicos, internet y correo electrónico principalmente, facilitan la conexión entre el órgano judicial y el abogado, función tradicional de los procuradores. Por ello ahora, y para mí con buen criterio, en lugar de optar por su desaparición se les dota de nuevas funciones con las que se descarga a la Administración de Justicia.

Así pues, a partir del mes de mayo los abogados podremos pedir que las notificaciones se entreguen al procurador designado. Será por tanto labor de estos profesionales entregar la notificación a la otra parte, para lo que tendrá que buscarlo en el domicilio designado, o en cualquier otro, y entregárselo. En caso de que se niegue a recibirlo, deberá advertirle de que copia de la notificación la tendrá a su disposición en la secretaría del Juzgado, quedando citado desde ese momento.

Todo esto implica que el procurador deberá dotarse de los medios necesarios para probar que cumplió con su cometido, lo que la Ley contempla que se haga mediante testigos o por cualquier otro medio que deje constancia de ello.

Esta nueva posibilidad va a tener mucha importancia para acelerar gran número de procesos, como los de arrendamientos, en los que el proceso no empieza a rodar hasta que las partes están debidamente citadas. En estos casos, que el asunto se resuelva con rapidez y se imparta justicia, depende en gran medida de la agilidad con la que se realizan las notificaciones.

El único inconveniente que se puede poner a este sistema es que esta nueva forma de notificar va a tener un evidente coste añadido para el particular. El procurador, para "perseguir" al demandado hasta conseguir entregarle la notificación, o dejar constancia de su rechazo, habrá de invertir mucho tiempo, más del que les supone las funciones que tenía hasta ahora, las cuales, por el momento, no se le retiran. Tiempo que legítimamente querrá cobrar del cliente que, en último término aunque sea a través del abogado que le hace el encargo.

Y ¿qué pasará con los ciudadanos que no puedan abonar los costes añadidos de esta nueva posibilidad? Pues que deberán seguir en manos de los saturados medios de notificación con los que cuentan los Juzgados, que tampoco desaparecen. Con lo cual, será el ciudadano el que deberá elegir si desea que su procedimiento vaya por una la autopista pagando el nuevo "peaje" o por la nacional de toda la vida de los Servicios Comunes de Notificación.

Otro de los avances que introduce la Ley de la nueva oficina judicial será la entrada en vigor de los juicios rápidos civiles, pero para no cansar a los lectores esto lo explicaré el próximo día.