jueves, 28 de enero de 2016

Esta tarde en Alicante Conferencia para afectados por las cuotas CAM y otros productos bancarios tóxicos.

Hoy en Alicante, García-Petit Abogados organiza la conferencia ¿Qué hacer para recuperar el dinero perdido en Cuotas CAM y otros productos bancarios tóxicos?

las 19:00 en la sede de la Universidad de Alicante en la ciudad, en la calle San Fernando 40, organizamos una conferencia dirigida a todos los que perdieron su dinero con las Cuotas Participativas de la CAM y otros productos bancarios tóxicos (acciones Bankia, Bonos Convertibles del Banco Popular, Cláusulas suelo, etc)

La entrada es libre hasta completar el aforo

lunes, 25 de enero de 2016

El Parlamento Europeo denuncia que unos 700.000 ciudadanos españoles han sido víctimas de fraude financiero


El Parlamento Europeo ha reconocido que las entidades bancarias no informaron debidamente a los consumidores sobre el alcance de los riesgos inherentes a las inversiones que se les proponían, y dichas entidades tampoco realizaron pruebas de idoneidad para determinar si los clientes disponían de conocimientos suficientes para entender los riesgos financieros a que se exponían, por lo que muchos de los ciudadanos afectados son personas de edad que invirtieron los ahorros de toda su vida en fondos que, según las informaciones que recibieron, creían sin riesgo. Así aparece en la Resolución del Parlamento Europeo sobre la legislación hipotecaria y los instrumentos financieros de riesgo en España que venimos analizando en los últimos artículos.

Se calcula que, en los últimos años, 700.000 ciudadanos españoles han sido víctimas de fraude financiero, dado que sus entidades bancarias les vendieron de forma desleal instrumentos financieros de riesgo sin informarles debidamente del alcance de los riesgos ni de las implicaciones reales de la imposibilidad de acceder a sus ahorros. Aun existiendo un mecanismo de arbitraje establecido por las autoridades españolas ha sido rechazado por muchas de las víctimas de fraude financiero.

El Abogado General de la UE ha señalado a la Comisión sus dudas acerca de la legalidad de las medidas adoptadas por el Gobierno español con el fin de dar solución a los incumplimientos denunciados por el Tribunal de Justicia el 14 de marzo de 2013 y evitar las prácticas abusivas en el sector hipotecario.

La Comisión se propone emprender campañas de información sobre los productos financieros y reforzará los conocimientos en materia financiera con medidas de formación, con miras a garantizar que los ciudadanos europeos estén mejor informados de los riesgos inherentes a la adquisición de productos financieros. Toda vez que deberá compartir las mejores prácticas que refuercen la protección de los ciudadanos en situaciones de dificultad económica, porque considera que una formación financiera básica debería considerarse un valor complementario para evitar las consecuencias de un endeudamiento excesivo.

La Autoridad Bancaria Europea (ABE) y al Banco Central Europeo (BCE) deberán emprender una campaña de mejores prácticas dirigida a alentar a las entidades bancarias y a su personal a que ofrezcan una información clara, comprensible y correcta; de forma que los consumidores puedan tomar decisiones informadas partiendo de un conocimiento exhaustivo de los riesgos en que pueden incurrir, y que los operadores y las entidades bancarias no puedan inducir a error a los consumidores.

jueves, 21 de enero de 2016

El TSJCV anula una vez más el sistema de valoración de inmuebles de la Conselleria de Hacienda


En su sentencia el TSJCV abre la puerta a que miles de liquidaciones por ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) y ISD (Impuesto sobre sucesiones y donaciones) hechas por la Conselleria de Hacienda en los últimos años puedan ser anuladas. La sentencia recuerda que ya anuló el anterior método que se empleaba hasta 2013 y que el utilizado actualmente no pone remedio a las carencias detectadas en ese momento, principalmente referidas a la generalización del valor de los inmuebles sin tener en cuenta las particularidades de cada uno de ellos. Además, los coeficientes, que se actualizan cada año para cada municipio, suponen también una valoración previa y generalizada de todos los inmuebles, sin atender al detalle.

Desde 2013 la Conselleria de Hacienda lleva haciendo comprobaciones masivas del precio de la vivienda sin tener en cuenta la antigüedad ni el estado de las viviendas.

Si bien el artículo 57.1.b) de la Ley General Tributaria establece unos métodos para calcular el valor de los inmuebles, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha considerado que los dos métodos utilizados por la Conselleria de Hacienda, son "contrarios a derecho".

Aunque el fallo se refiere a un caso particular, la resolución encauza hacia la misma dirección el resto de demandas. Ante esta situación, la Conselleria de Hacienda ha anunciado que está elaborando un nuevo método de valoración de los inmuebles a efectos de los impuestos a abonar en casos como compraventas, herencias y donaciones, con el objetivo de otorgar "seguridad jurídica" a los ciudadanos y acabar con la gran cantidad de demandas que está generando el sistema actual. Pero ello afectará a las liquidaciones por ITP y ISD que se practiquen a partir de la publicación del nuevo método, pero las ya practicadas y las que se practiquen aún ahora aplicando el método actual son nulas de conformidad con la doctrina del TSJCV expuesta.

lunes, 18 de enero de 2016

La Comisión Europea elaborará una lista negra de entidades financieras



El Parlamento Europeo pide a la Comisión que elabore una lista negra exhaustiva de entidades financieras en toda la Unión implicadas con frecuencia en malas prácticas bancarias, según aparece en la Resolución sobre la legislación hipotecaria e instrumentos financieros de riesgo en España de la que hablamos en el anterior post.

Los tribunales nacionales y europeos han detectado varias cláusulas y prácticas abusivas en el sector hipotecario en España (Banco Español de Crédito, Catalunyacaixa), que debían haber prevenido las Directivas Europeas si se hubiera procedido a su plena transposición y aplicación en España.

En 2013 las autoridades españolas aprobaron por procedimiento acelerado la Ley 1/2013, de medidas de refuerzo de la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de la deuda y alquiler social, pero la Directiva sobre créditos hipotecarios (2014/17/UE), sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial, se aplicará a los acuerdos de crédito hipotecario que entren en vigor después del 21 de marzo de 2016 y requerirá que los acreedores informen a los consumidores acerca de las principales características del acuerdo de crédito.

Pese a que el Parlamento español aprobó un Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual, éste ha sido ignorado en gran medida por los organismos financieros por su carácter voluntario y ha tenido resultados muy limitados a la hora de impedir desahucios o hacer efectiva la dación en pago, debido a que los requisitos de admisibilidad descalifican a más del 80 % de los afectados.

Por todo ello, el Parlamento insta a los estados miembros a incorporar a su ordenamiento interno una directiva la Directiva 2014/17/UE sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial (Directiva sobre créditos hipotecarios) y pide a la Comisión que elabore propuestas legislativas destinadas a armonizar las cláusulas de los contratos hipotecarios y los procedimientos de reembolso de la deuda con miras a reforzar la protección de los consumidores en toda la UE, teniendo también en cuenta la posibilidad de introducir la dación en pago en todos los Estados miembros.

lunes, 11 de enero de 2016

El Parlamento Europeo pone su lupa sobre España por los desahucios hipotecarios y los productos financieros tóxicos


El Parlamento Europeo ha dictado una Resolución sobre la legislación hipotecaria y los instrumentos financieros de riesgo en España, en la que se ha hecho eco de la difícil situación que está sufriendo un gran número de ciudadanos ante la pérdida parcial o total de los ahorros de toda una vida y los obstáculos que deben afrontar los consumidores para obtener información precisa y fundamental sobre los productos financieros tóxicos.

Ante este panorama tan desalentador, el Parlamento ha pedido a la Comisión que supervise la aplicación en todos los Estados miembros de la legislación hipotecaria, con el fin de garantizar su pleno cumplimiento por las autoridades nacionales. Además, reclama a las entidades financieras en toda la Unión que pongan fin a los comportamientos abusivos hacia los clientes en el sector de las hipotecas, productos financieros sofisticados y tarjetas de crédito, incluida la imposición de intereses excesivos y la cancelación arbitraria de los servicios.

En el primer trimestre de 2015 se produjeron en España 19.261 desahucios (un 6 % más que en el primer trimestre de 2014). La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), calcula que desde 2008 se han llevado a cabo más de 397.954 desahucios en España y que más de 100 000 familias han perdido sus hogares.

El impacto de la crisis ha agravado la situación de las familias desahuciadas, que siguen obligadas a pagar su deuda hipotecaria al tiempo que se incrementan los intereses que pesan sobre ella. Pese a que en 2012 el Gobierno español introdujo la posibilidad de la dación en pago (datio in solutum) como una medida excepcional, pero ésta solo ha sido  aprobada en 1.467 casos de un total de 11.407 solicitudes, lo que representa un 12,86 % del total.

Así como que se abstengan de recurrir al desahucio de las familias que viven en su única residencia y que, en lugar de ello, se comprometan a adoptar medidas de reestructuración de la deuda y de alquiler social.

El Parlamento Europeo insta al Gobierno de España a que utilice los instrumentos a su disposición para encontrar una solución global que permita reducir de forma drástica el número intolerable de desahucios.

jueves, 7 de enero de 2016

Los Bonos del Popular provocan la mayor pérdida de los productos financieros tóxicos

Los Bonos del Popular, otra vez un producto bancario complejo e indebidamente comercializado

Estos días, en García-Petit Abogados estamos recibiendo numerosas llamadas de perjudicados por los Bonos del Banco Popular a los que la entidad les está comunicando el desastre en el que ha acabado su inversión. Por ello creo necesario explicar qué ha pasado con este producto.
En 2009, mientras otras entidades vendían preferentes y subordinadas, el Banco Popular, como método para financiarse, emitió unos bonos convertibles en acciones de la entidad que colocaron entre sus clientes habituales. El producto suponía que el dinero invertido se convertiría en acciones del Banco Popular a razón de 7,01 euros la acción.

Las dificultades financieras del banco hicieron que esta tuviera que plantear en 2012 la ampliación del plazo de conversión de sus bonos para evitar pérdidas del 52% de la inversión inicial, ya que la acción no valía los 7,01 euros/acción que los perjudicados iban a tener que pagar. Así, la conversión en acciones se posponía hasta el día 25 de noviembre de 2015, lo que fue aceptado por el 95,3% de los afectados.

Sin embargo, llegada la fatídica fecha, las pérdidas de los afectados aún se han incrementado más. Hace apenas un mes, el 25 de noviembre, los perjudicados por los Bonos del Popular pasaron automáticamente a ser accionistas de Banco, perdiendo más del 80% de su inversión. Y ello porque, si bien la acción en dicha fecha valía 3,30 euros (a fecha de hoy vale 3,22), los afectados tuvieron que pagar por ellas 17,61 euros (como consecuencia principalmente del contrasplit 1x5 que realizó la entidad en 2013).

Es difícil creer que alguien hubiera comprado el producto si se le hubiera avisado de que podía tener que llegar a pagar 17,61 euros por acción, cuando la acción del Banco Popular nunca llegó a valer más de 7,13 euros.


Como siempre en estos casos, a los que les será de aplicación toda la jurisprudencia recaída en los casos de preferentes y otros productos bancarios tóxicos, mi recomendación es la de acudir de inmediato a la vía judicial para recuperar su inversión.