jueves, 31 de enero de 2013

En menos de una hora Consultorio de Derecho Económico y Empresarial de Onda Cero Castellón (88.7 FM)

Hoy hablaré de la responsabilidad de los administradores de sociedades ante Hacienda por deudas tributarias impagadas. 

Tema que esta de actualidad ante la generalización, por parte de la Agencia Tributaria, de la reclamación a  a los administradores de sociedades de las impagadas deudas de estas a través de un procedimiento que se denomina derivación de responsabilidad.


jueves, 24 de enero de 2013

Hoy a las 20:20 Consultorio de Derecho Económico y Empresarial en Onda Cero Castellón (88.7 FM)


Hoy en el hablaremos de la modificación del Código Penal en materia transparencia de la vida publica y concretaremos cuanto hay que defraudar a Hacienda o a la Seguridad Social para que se se considere delito.

Será en el Consultorio de Derecho Económico y Empresarial de Onda Cero Castellón (88.7 FM) a las 20:20 dentro del programa "La Brújula".

jueves, 17 de enero de 2013

En un rato nuevo Consultorio en Onda Cero

Hoy hablaremos de la modificación del Código Penal para combatir el fraude fiscal y a la Seguridad Social.

Será en el Consultorio de Derecho Económico y Empresarial de Onda Cero Castellón (88.7 FM) a las 20:20 dentro del programa "La Brújula".



martes, 15 de enero de 2013

Primer Consultorio de 2013 en Onda Cero

En el siguiente enlace podéis escuchar el primer Consultorio de Derecho Económico y Empresarial de este año.

http://www.garciapetitabogados.es/reproductor.php?archivo=t55.mp3

Como siempre, os recuerdo que el Consultorio de Derecho Económico y Empresarial se emite los jueves en Onda Cero Castellón (88.7 FM) a las 20:20 dentro del programa "La Brújula".

Si queréis sugerir algún tema para tratar en este espacio, podéis hacerlo comentando este post o enviando un correo electrónico a comunicacion@garciapetitabogados.es

lunes, 14 de enero de 2013

Artículo publicado en Levante de Castellón el sábado 12 de Enero de 2013

A pesar de lo que pueda parecer, a juzgar por las noticias con las que nos desayunamos días sí y día también, en España los partidos políticos y los sindicatos, a día de hoy, no pueden delinquir.

Si, aunque sorprenda a propios y extraños, el Código Penal en vigor no contempla la posibilidad que los partidos políticos y los sindicatos cometan delito alguno. Las personas que los integran a título individual sí que los pueden cometer, pero dichas entidades no. Diferencia que puede llegar a tener importantes consecuencias en orden a la determinación de quien debe resarcir el daño causado.

En 2010 se reformó el Código Penal para introducir la responsabilidad penal de las personas jurídicas, es decir, que las empresas, asociaciones, fundaciones, etc. pudieran ser condenadas como autores por la comisión de delitos, respondiendo directamente con sus bienes y no solo en caso de ser declaradas responsables civiles subsidiarios, como hasta entonces ocurría. Sin embargo, verbigracia de nuestros gobernantes del momento y a pesar de las críticas que ello suscitó, de tal posibilidad se excluyó a los partidos políticos y sindicatos. Curiosamente no se excluyó a las asociaciones de empresarios.

La novedad tenia suponía que desde ese momento las personas que dirigen entes con personalidad jurídica propia deben vigilar que sus integrantes no las utilicen para delinquir, ya que en caso contrario pueden ser condenadas y responder con su patrimonio de forma directa, no pudiéndose excusar en que desconocían de las maldades del autor material del delito.

Deber de vigilancia de lo que ocurre en casa propia del que quedaban excluidos los partidos políticos y los sindicatos. Todo ello bajo la, para mí, burda excusa de evitar que tal posibilidad se utilizara como instrumento de persecución política.

Pues bien, por fin, dicha situación se va a remediar. A final de mes entrará en vigor una nueva reforma del Código Penal que persigue garantizar, entre otras cosas, una mayor transparencia en la vida pública. Así se introduce la posibilidad de que los partidos políticos y los sindicatos sean condenados penalmente poniendo su patrimonio en juego. Asimismo se penaliza, por primera, el falseamiento de las cuentas públicas. Encomiables medidas que de haber estado en vigor estos años atrás hubieran impedido que se diera carpetazo a determinados casos con la mera expulsión de las personas implicadas o excluyéndolos de las listas electorales.

viernes, 11 de enero de 2013

Mañana nuevo artículo en Levante de Castellón.

Mañana retomo las publicaciones en Levante de Castellón. Aunque esta vez excepcionalmente no es el primer sábado de mes sino el segundo, cosas de las fiestas.

En esta ocasión la columna gira en torno a las novedades en materia de la responsabilidad penal de sindicatos y partidos políticos.

Espero que sea de vuestro interés.


jueves, 10 de enero de 2013

Esta tarde Consultorio de Derecho Económico y Empresarial en Onda Cero

Hoy retomamos el Consultorio de Derecho Económico y Empresarial tras el paréntesis navideño.

En esta ocasión hablaré de los limites impuestos a las entidades financieras en los tipos de interés que pueden pagar va los ahorradores.

Como siempre será en Onda Cero Castellón (88.7 FM) dentro del programa "La Brújula" a las 20:20.

Los Abogados podrán ejercer de Procurador sin necesidad de colegiarse en un Colegio de Procuradores

El actual anteproyecto de Ley de servicios profesionales establece que los abogados puedan ejercer la profesión de procurador sin necesidad de colegiarse en un Colegio de Procuradores. Estas modificaciones se encuentran recogidas en el Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales.

Condenan a Liberbank por la venta de preferentes


El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Santander ha condenado a Liberbank a devolver los 54.000 euros que había invertido en participaciones preferentes una cliente de Caja Cantabria, una jubilada "sin perfil inversor de riesgo".
La sentencia declara la "nulidad radical" de los contratos suscritos entre la entidad y su cliente entre 2009 y 2011 y condena a Liberbank a pagar los intereses desde la fecha en que se firmaron y a devolverle el importe de cualquier gasto o comisión que le hayan sido cargados.
La demandante, que adquirió estos productos antes de la integración de Caja Cantabria en Liberbank, no recibió la información obligada "a tenor de la normativa reguladora" y la que se le facilitó cuando firmó los contratos no le permitió conocer "de forma comprensible" la naturaleza del producto que estaba adquiriendo.
La sentencia concluye que la oferta de estos productos financieros partió de la propia Caja y que en ningún momento esta clienta recibió otro asesoramiento distinto del que le facilitaron los empleados de la entidad.

miércoles, 9 de enero de 2013

Últimos Consultorios en Onda Cero

En los siguientes enlaces podéis escuchar los últimos Consultorios de Derecho Económico y Empresarial

http://www.garciapetitabogados.es/reproductor.php?archivo=t52.mp3

http://www.garciapetitabogados.es/reproductor.php?archivo=t53.mp3

http://www.garciapetitabogados.es/reproductor.php?archivo=t54.mp3

Como siempre, os recuerdo que el Consultorio de Derecho Económico y Empresarial se emite los jueves en Onda Cero Castellón (88.7 FM) a las 20:20 dentro del programa "La Brújula".

Si queréis sugerir algún tema para tratar en este espacio, podéis hacerlo comentando este post o enviando un correo electrónico a comunicacion@garciapetitabogados.es