lunes, 14 de enero de 2013

Artículo publicado en Levante de Castellón el sábado 12 de Enero de 2013

A pesar de lo que pueda parecer, a juzgar por las noticias con las que nos desayunamos días sí y día también, en España los partidos políticos y los sindicatos, a día de hoy, no pueden delinquir.

Si, aunque sorprenda a propios y extraños, el Código Penal en vigor no contempla la posibilidad que los partidos políticos y los sindicatos cometan delito alguno. Las personas que los integran a título individual sí que los pueden cometer, pero dichas entidades no. Diferencia que puede llegar a tener importantes consecuencias en orden a la determinación de quien debe resarcir el daño causado.

En 2010 se reformó el Código Penal para introducir la responsabilidad penal de las personas jurídicas, es decir, que las empresas, asociaciones, fundaciones, etc. pudieran ser condenadas como autores por la comisión de delitos, respondiendo directamente con sus bienes y no solo en caso de ser declaradas responsables civiles subsidiarios, como hasta entonces ocurría. Sin embargo, verbigracia de nuestros gobernantes del momento y a pesar de las críticas que ello suscitó, de tal posibilidad se excluyó a los partidos políticos y sindicatos. Curiosamente no se excluyó a las asociaciones de empresarios.

La novedad tenia suponía que desde ese momento las personas que dirigen entes con personalidad jurídica propia deben vigilar que sus integrantes no las utilicen para delinquir, ya que en caso contrario pueden ser condenadas y responder con su patrimonio de forma directa, no pudiéndose excusar en que desconocían de las maldades del autor material del delito.

Deber de vigilancia de lo que ocurre en casa propia del que quedaban excluidos los partidos políticos y los sindicatos. Todo ello bajo la, para mí, burda excusa de evitar que tal posibilidad se utilizara como instrumento de persecución política.

Pues bien, por fin, dicha situación se va a remediar. A final de mes entrará en vigor una nueva reforma del Código Penal que persigue garantizar, entre otras cosas, una mayor transparencia en la vida pública. Así se introduce la posibilidad de que los partidos políticos y los sindicatos sean condenados penalmente poniendo su patrimonio en juego. Asimismo se penaliza, por primera, el falseamiento de las cuentas públicas. Encomiables medidas que de haber estado en vigor estos años atrás hubieran impedido que se diera carpetazo a determinados casos con la mera expulsión de las personas implicadas o excluyéndolos de las listas electorales.

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