lunes, 26 de enero de 2009

Consumidores y usuarios, no solo en rebajas.

Estamos en época de rebajas, y como las asociaciones de consumidores repiten todos los años, estas no han de suponer una merma en los derechos del consumidor. Simplemente son un periodo en el que los comerciantes pueden vender los productos de temporada con descuento, sin que ello sea entendido como competencia desleal.

La necesidad de dichas advertencias desaparecería si se permitiera a los comerciantes bajar los precios en cualquier momento de la temporada según sus necesidades, sin tener que esperar a la época de rebajas. De este modo no haría falta hacer advertencia alguna, ya que sería evidente que los derechos de los consumidores serian siempre los mismos.

Pero los derechos de los consumidores y usuarios no se limitan a la época de rebajas, ni a quienes adquieren bienes en el comercio minorista. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera como tales a todo aquel, persona física o jurídica, que adquiera, utilice o disfrute de bienes, muebles o inmuebles, productos y servicios como destinatarios finales. Exigencia, esta última, que supone que para gozar de tal consideración dichos bienes y servicios no se tienen que haber adquirido para comerciar con ellos, ni para producir otros nuevos. Y ello con independencia de que el vendedor o prestador sea una entidad privada o publica, o incluso de que medie precio.

Aunque parece que ni consumidores, ni administraciones publicas, ni empresas, ni siquiera algunos tribunales, sean conscientes de ello, lo dicho supone que la protección en materia de consumo también es aplicable a las relaciones con las administraciones publicas cuando nos prestan algún servicio, como puede ser el sanitario, o nos entregan algún bien. Igualmente lo es a las relaciones con entidades financieras y aseguradoras, así como con empresas inmobiliarias y automovilísticas, por citar sectores de especial relevancia, ya que sus bienes y servicios tienen mucha importancia, tanto por su coste como por la dependencia que de los mismos tenemos.

(Artículo publicado en el Periódico Mediterráneo del día 26 de enero de 2008)

sábado, 24 de enero de 2009

Un tercio del plan de ayuda a los municipios se va en burocracia :: Negocios.com

Adjunto un artículo que he leído en negocios.com en el que, con números concretos, se cuantifica el efecto que para la economía real tendrá el Plan Estatal de Inversión Local. Mediante este plan el gobierno dará dinero a los municipios para que se lo gasten en obras públicas e intentar así reactivar la economía.

El artículo explica como, de toda la partida presupuestaria, el 30% se perderá o, por decirlo de otro modo, volverá al gobierno en forma de costes burocráticos e impuestos. Ello corrobora lo que comentaba en el artículo "el iva y la crisis económica"- En él analizaba la idea de Xavier Sala i Martín de eliminar el iva mientras durase la crisis, como medida para reactivar la economía. Allí coincidía con el economista en mi escepticismo al respecto de la eficacia del gasto publico como revulsivo económico frente a las bajadas de impuestos, ya que estas tienen un efecto directo mientras que, como el artículo que a continuación transcribo demuestra, la efectividad del gasto publico se ve limitada por los costes administrativos que supone
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"José Mª Olmo / Enrique Morales

Los 8.000 millones d
e euros presupuestados por el Gobierno para el Plan Estatal de Inversión Local esconden una letra pequeña que va a corregir a la baja sus efectos. De la partida total, los consistorios deben restar el IVA y las cotizaciones a la Seguridad Social, que volverán al Estado de forma automática, y también los beneficios para las empresas constructoras. Al final del proceso, los ciudadanos sólo verán el 68% del plan de urgencia ideado por Moncloa. Y el Estado se ahorrará alrededor de 540 millones de euros en subsidios al desempleo.

Hasta ayer se habían aprobado 9.635 proyectos de obras remitidos por los ayuntamientos de toda España, con una inversión per cápita media de 177 euros.

Pero los alcaldes saben que la cifra es virtual. Los proyectos enviados al Ministerio de Administraciones Públicas incluyen cuatro conceptos clave. El más importante es el Presupuesto de Ejecución Material (PEM), que equivale al coste real de las obras contratadas por la Administración (material, mano de obra, proyecto, desplazamientos...). Al PEM hay que sumarle un 13% de Gastos Generales, que cubre los costes estructurales de la empresa contratada (los que no están directamente relacionados con la obra en cuestión), y un 6% de Beneficio Industrial, el rendimiento que obtendrá la empresa por el trabajo. Por último, a la suma del PEM, los Gastos Generales y el Beneficio Industrial hay que aplicarle el 16% de IVA. El resultado final de sumar tanto porcentaje será la cifra que figure en los carteles de 4 por 3 metros impuestos por Administraciones Públicas para publicitar las actuaciones, aunque la inversión efectiva sea mucho menor.

Tras las distintas operaciones matemáticas se desprende que, de cada 100 euros anunciados por el Gobierno, sólo 72 tendrán una repercusión real en los municipios. El resto volverá al Estado en forma de impuestos o acabará en la caja de las constructoras contratadas por las administraciones locales. Si se descuentan también las cotizaciones de los empleados que trabajarán en las obras, que irán a parar a las Seguridad Social, 32 de cada 100 euros del Plan se perderán por el camino.

El Ejecutivo podría haber declarado exentos de IVA los proyectos financiados por el Plan, pero la cifra presupuestada habría sido menos espectacular."

viernes, 23 de enero de 2009

Consecuencias de la huelga de jueces

Importantes comunicadores, e incluso algún supuesto abogado de prestigio, han dicho en los medios que la jornada de huelga, o como lo llaman los jueces de "movilización", del próximo día 18 de febrero casi no tendrá consecuencias. Ello solo se puede decir desde el total desconocimiento, real o intencionado para no levantar ciertas ampollas. Así cuentan que quien vea suspendido su juicio, declaración etc. ese día solo tendrá que esperar unos días o, a lo mucho, un par de meses para que se celebre la actuación judicial suspendida.

Yo no se por qué juzgados van los que dicen eso, pero cuando, por cualquier causa, se suspende un juicio en los Juzgados por los que yo voy el nuevo señalamiento esta tardando del orden de seis y siete meses. Y eso en Castellón, que por ejemplo en Madrid los señalamientos se hacen de año y pico en año y pico.

Mucho me temo que tampoco esta vez los magistrados huelguistas habilitaran sus sacrosantas tardes para celebrar lo más pronto posible las actuaciones suspendidas. Al final a ver como entiende un ciudadano que su juicio, por el que lleva ya esperando lo suyo, se ha suspendido porque Su Señoría se ha puesto de huelga y va a tardar en celebrarse seis meses más.Por no hablar de lo que pasará sí finalmente van a la huelga total en junio.

jueves, 22 de enero de 2009

Apple elimina el sistema anticopia de itunes

Hasta ahora Apple ponía a los archivos de música que vendía en su tienda Itunes un sistema que impedía que se pudiera volver a copiar y no dejaba que se oyeran en dispositivos que no fueran de la casa como el ipod.

Sin embargo, en la linea de lo que apuntaba al final del articulo sobre la SGAE, este tipo de limitaciones no tienen ningún sentido: es como poner puertas al campo. Con ello solo se induce a buscar sistemas alternativos de descarga que no supongan limitación alguna a la copia.
Al final, Apple así lo ha entendido y ha eliminado ese sistema, de forma que las canciones compradas en Itunes se podrán copiar tantas veces como quiera quien las compre. La empresa habrá visto que con ello lo único que conseguía era perder parte de los clientes potenciales que no compraban canciones en Itunes porque o no utilizaban un ipod o querían copiárselos en varios dispositivos.

Este tipo de iniciativas, junto con el copyfree (lo opuesto a la protección de los derechos de autor bajo el copyright), es el futuro de la industria discográfica y quien no lo quiera ver solo hará que aferrarse a un sistema condenado por la evolución tecnológica.

miércoles, 21 de enero de 2009

La inversion en I+D y la crisis

Van a permitirme, nuevamente, que la crisis que nos azota me aparte de los temas estrictamente jurídicos y me centre en los de contenido económico, inseparables de los otros, para los que nos dedicamos al mundo de la empresa.

Mucho se esta hablando del modelo económico de España y de sus carencias. Sin duda, en él habrá que buscar, si no toda la culpa de la crisis, al menos el hecho de que nos pueda afectar más que a otros países, o que pueda durar más aquí. Para ello, y aunque en este tema, como en otros muchos, las comparaciones son odiosas, nada mejor que compararnos con lo que hacen nuestros socios europeos.

Digo esto porque hace unos días cayeron en mis manos unos datos de la inversión en I+D de Austria, y casi me echo a llorar de envidia.

Allí la inversión en I+D supone nada menos que un 2,63% del Producto Interior Bruto, es decir del valor de todo lo que produce en el país en un año, casi nada. En España, según la OCDE, sólo invertimos un 1,2% (datos de 2007 cuando se suponía que no había crisis).

Y lo mas significativo es que esa inversión allí se hace mayoritariamente por parte de las empresas privadas (el 48,6%). Y la pública no se hace de forma directa, si no a través de la concesión de líneas de financiación para la inversión en I+D privada.

Pero esto no fue siempre así ya que en 1997 la inversión en I+D austríaca sólo llegaba al 1,7% del PIB (aun así ya era más importante que la de España hoy). ¿Cómo se ha conseguido esto?. Pues concediendo importantes deducciones fiscales a la inversión en I+D.

En el país transalpino las empresas se pueden deducir de su Impuesto de Sociedades, por cada euro invertido, 1,25 euros ó 1,35 euros, es decir, todo el euro invertido y algo más (el 125% o el 135% del gasto en I+D, en función del porcentaje del impuesto al que estén sujetos). En España, la deducción por inversión en I+D va del 10% al 30%, según en que se gaste el dinero, no pudiendo exceder, en total, del 35% de lo que se tenga que pagar a Hacienda. Es decir, que por cada euro invertido la empresa sólo se deduce el como máximo 35 céntimos de euro.

Y no es que los gobiernos austríacos sean muy generosos, sino que piensan que lo que no cobran ahora a las empresas por esas inversiones ya se lo cobrarán y con creces cuando alguna de las lineas de investigación abiertas dé resultado positivo, generando elevados beneficios a la empresa descubridora por los que pagará sus impuestos.

Junto a lo anterior, se iniciaron programas para promover el “reclutamiento” de personal investigador extranjero. A éstos se les abonan los costes de traslado y alojamiento y se les dan ventajas fiscales. Todo ello ha conseguido colocar a un país con tan sólo 8,3 millones de habitantes entre los líderes tecnológicos europeos y una de las grandes economías mundiales.

La inversión de un país en I+D es importante por su alta rentabilidad a largo plazo, así como porque supone una fuente de valor añadido y diferenciación para los productos de las empresas. Eso lleva a que los compradores de esos productos estén dispuestos a pagar más por ellos, lo que en momentos como los actuales permite a las empresas seguir vendiendo y evita la dependencia de un sector concreto o del extranjero, como ocurre en España.

martes, 20 de enero de 2009

El derecho de marca Vs la distribucion on-line

El Juzgado de Marca Comunitaria número 1 de Alicante ha sentenciado que la distribución de productos amparados bajo el derecho de marca, por quien no esta autorizado por el titular de dicho derecho, no supone una infracción al mismo cuando aquel lo adquirió de un distribuidor autorizado.


Se trata del denominado agotamiento de la marca, es decir, que una vez un producto se ha puesto en el mercado el titular de dicho derecho no puede limitar los siguientes niveles de comercialización del mismo únicamente esgrimiendo el ser titular de la marca. Y ello aunque los productos amparados bajo la marca sean distribuidos por alguien a quien él no autorizó para venderlos.


El caso analizado presenta especial interés puesto que la distribución que se denunciaba por el titular de la marca se realizó vía Internet. Así el Juzgado sostiene que “la sola comercialización online llevada a cabo no menoscaba intensamente la reputación de las marcas, ya que ello sería tanto como desconocer el fenómeno de la venta online”.


En cualquier caso, como dicho tribunal también entendió, sí es perjudicial, y por ello perseguible por el titular de la marca, la distribución no consentida de productos bajo esta que fueran alterados o defectuosos.

lunes, 19 de enero de 2009

La huelga de jueces y los ciudadanos

Esta semana en los medios de comunicación se ha cuestionado la legalidad de que los jueces hagan huelga. Parece obvio que hay profesiones que no pueden tener ese derecho. Así, los militares y los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado no pueden ir a la huelga por la necesaria jerarquía que su organización requiere y la labor que desempeñan. Un paro militar y policial nos dejaría indefensos ante múltiples peligros. Esta limitación es conocida por los que ingresan en dichos cuerpos antes de hacerlo, por lo que no sería de recibo que, una vez dentro, pretendieran incumplir las normas.


En el caso de los jueces no ocurre exactamente lo mismo puesto que no hay una norma especifica que les prohiba ir a la huelga, aunque sí serias dudas sobre tal posibilidad. Los jueces no son unos trabajadores más, sino miembros de uno de los poderes del Estado, el Judicial, y por ello la regulación de sus derechos y deberes no es la de un trabajador más. Esto lo saben mejor que nadie cuando ingresan en la carrera judicial, ya que las pruebas para su acceso consisten en demostrar que conocen a la perfección el ordenamiento jurídico. Así, la Constitución, teniendo en cuenta este hecho, les excluye de algunos derechos que se reconocen al resto de trabajadores, como el de derecho a organizarse en sindicatos, aunque después se hayan creado asociaciones que funcionan como aquellos.

Sin embargo, la polémica sobre la legalidad o no de una huelga de jueces, para mi, carece de sentido. Siendo los jueces los encargados de forma exclusiva de juzgar las infracciones de las leyes, si de forma colectiva y mayoritaria infringieran una (si se entendiera que tienen prohibido el derecho a la huelga), ¿quién les iba a juzgar?.

Pero más allá de esta cuestión están las reivindicaciones que han llevado a las asociaciones de la magistratura a adoptar esta posición de fuerza. Con ellas pretenden la mejora de la organización de los juzgados y de sus condiciones laborales. Las mismas, de forma muy resumida son:



La instauración de una nueva oficina judicial, es decir de una nueva forma de organizarse internamente los juzgados, en la que exista una delimitación concreta de las responsabilidades de los que allí trabajan, ya que no solo están integrados por jueces. (A mi esto me suena a que si alguien mete la pata en un Juzgado se le puedan echar las culpas y no se haga responder al Juez de todo lo que ocurre, como sostienen que ha pasado con el juez Tirado).



La aplicación de las nuevas tecnologías que faciliten la coordinación entre distintos órganos. (Para que no vuelva a pasar que un Juzgado, de por ejemplo Sevilla, no sepa si a quien han condenado ya lo esta también en otro Juzgado, por ejemplo de Asturias, aunque la sentencia no sea firme. Otra vez el caso Mari Luz)



La mejora de la formación de todos los que trabajan en un Juzgado. (Mas de lo mismo. Que les pongan a trabajar a gente que sepa de que va y no meta la pata pagándolo ellos).



Y por último, pero no por ello menos importante, la mejora de sus especificas condiciones laborales en materia de ascensos, traslados y retribución.

Todas la reivindicaciones de los jueces me parecen justas y necesarias. Lo lamentable es que aunque el precario estado de la justicia sea un mal que se arrastra hace tiempo no se haya hecho nada por arreglarlo por quien mas fuerza tiene: los jueces. Ha hecho falta que se haya abierto el debate sobre el funcionamiento interno de los juzgados como consecuencia de la sanción al juez Tirado para que se la judicatura se plante. Sin embargo, los más perjudicados tanto del mal estado de la justicia como de las consecuencias que la huelga pueda tener son los de siempre, los ciudadanos.



(Este articulo es una versión ampliada del publicado en el periódico Mediterráneo el día 18 de enero de 2009)

lunes, 12 de enero de 2009

Huelga de jueces

Por si no tuviéramos bastante con el lamentable estado de la justicia, ahora los jueces se hacen los indignados y nos preparan un numerito, llamado "movilización", para el día 18 de febrero, amenazando con una huelga para finales de junio.

Y yo me pregunto, si no hubiera habido movida con el tema del juez Tirado, ¿a alguno se le hubiera ocurrido "movilizarse"?.

Llevo mas de diez años de ejercicio, y la justicia en todo ese tiempo ha estado igual de mal, solo que ahora, con la crisis, hay un poco mas de trabajo y va peor, pero no había oído quejarse en publico a ningún miembro de la judicatura.

Esto de la huelga de jueces merece un comentario mas extenso, así que el articulo de este domingo en Mediterráneo, que colgare en este blog el lunes, lo dedicaré a este tema.

El iva y la crisis económica. (Artículo publicado en el Periódico Mediterráneo del día 11 de enero de 2009)

En esta ocasión no transcribiré el artículo que se publicó ayer en la sección Tribuna Jurídica del suplemento de economía y empresa del periódico Mediterráneo, puesto que es una versión corregida y reducida del que ya publiqué aquí sobre la propuesta del economista Xavier Sala i Martín de eliminar el IVA mientras dure la crisis como medio de incentivar la economía.

miércoles, 7 de enero de 2009

Eliminar el IVA para superar la crisis.

Estos días, en que gracias a las vacaciones hemos bajado un poco el ritmo, he podido dedicarme a leer algunas cosas que tenia atrasadas. Entre ellas un artículo que el economista Xavier Sala i Martín publicó el pasado día 17 de diciembre en La Vanguardia. En él proponía la eliminación del IVA, mientras durase la crisis, como medida para salir de la misma.

La idea, en lineas generales, se basa en que, como vengo argumentando en los anteriores artículos, la bajada de impuestos es la mejor forma de incentivar la economía. Sala i Martín sostiene que al bajar los impuestos la gente tendría más dinero para gastar y lo haría en lo que realmente necesitan, dándole un uso más eficiente a ese dinero, mejorando con ello el consumo y la economía en general. Esto lo contrapone a lo que ocurre cuando se aumenta el gasto público en el que el dinero cae en manos de políticos que no siempre lo destinaran a cosas que mejoran la economía. Y en todo caso estarán obligados a cumplir la Ley de Contratos del Sector Público, lo que hará que pase mucho tiempo entre que se apruebe el gasto y este llegue a beneficiar a la sociedad.

Pero, con buen criterio, considera que, en la situación en que nos encontramos, las medidas deben tener efecto inmediato, y no todas las bajadas de impuestos lo tienen. Así por ejemplo, sostiene que una bajada del Impuesto sobre la Renta no produciría efectos hasta que se tuviera que pagar éste en el mes de junio del año que viene, cuando la gente se daría cuenta de que paga menos y podría gastar un poco más. Sin embargo, si se eliminara el IVA el efecto sería automático, ya que supondría una rebaja inmediata de precios de, por regla general , un 16%. Además así se garantizaría que esa rebaja fiscal se materializa en más consumo, ya que solo se notaría la rebaja cuando se consumiera, pues solo cuando gastamos pagamos IVA.

El problema que apunta Sala i Martín es que esa decisión debe tomarse desde Bruselas ya que el IVA es un impuesto que depende de la Unión Europea, limitándose los Estados miembros a moverse dentro de los margenes que esta fija, que en la actualidad supone un tipo general mínimo del 15%.

La teoría, que comparto plenamente, parte de considerar que, a diferencia de lo que piensan nuestros políticos, los ciudadanos no somos unos tontos que necesitamos que nos tutelen en todo momento, sino inteligentes y eficientes gestores de nuestras economías. Eficiencia que se podría emplear para salir de la crisis mediante la bajada de impuestos.

Para quien le pueda interesar, este es el link del articulo de Sala i Martín: http://www.columbia.edu/~xs23/catala/articles/2008/Crisis_Financiera/Crisis%20Financiera_5_.htm

lunes, 5 de enero de 2009

Ya.. vienen... los Reyes... y detras los de la SGAE.

Ahora que vienen los Reyes Magos cargados de ipods, dvds y ordenadores personales, tengan cuidado no se les vaya a meter en casa, disfrazado de paje Real, algún investigador de la Sociedad General de Autores, mas conocida como SGAE.

Digo esto porque hace unos días fue noticia que se había multado a dicha entidad por introducir en una boda a un detective privado para investigar si se habían pagado derechos de autor por la música que sonó en la misma. Desde luego la protección de estos derechos por las entidades que los gestionan esta llegando a rozar el esperpento.

En cualquier caso el panorama en la materia ha sufrido un cambio importante desde la imposición del famoso canon digital. Con él se paga por el uso del derecho a la copia privada gravando todo soporte que permita la copia de obras protegidas por los derechos de autor, y lo que es mas grave, también de las que no lo están, ya que no todo lo que se graba o copia esta protegido. Así por ejemplo no lo esta la música clásica ni nuestro propio trabajo, sin embargo igual pagamos el canon.

Así por mucho que la SGAE y adláteres se empeñen en amenazar a los usuarios de programas que permiten compartir y descargar archivos, bajo mi humilde opinión, la imposición del canon ha supuesto la concesión de una patente de corso para estas prácticas, siempre que no se obtenga lucro con ello.

Sí una persona tiene una obra almacenada en un CD, por el que pagó el canon, y se lo deja a sus amigos para que se lo copien en otro CD, por el que tambien lo pagaron, este se esta limitando a ejercitar su derecho a la copia privada. Si, gracias a las nuevas tecnologías, se puede hacer esto mismo con muchos “amigos” alejados físicamente, aunque su único nexo de unión sea compartir un mismo programa para compartir archivos, estamos en el mismo caso.

Los autores deberían plantearse que con estas practicas están intentando perpetuar un modelo que, si bien les ha generado pingües beneficios en el pasado, hoy en día la evolución tecnológica lo ha dejado obsoleto, debiendo acudir a nuevas vías, adaptadas a la realidad social, para rentabilizar sus obras, como algunos ya hacen.

(Articulo publicado en la sección Tribuna Jurídica del suplemento de empresa del Periódico Mediterráneo del 4 de enero de 2009)