viernes, 22 de octubre de 2010

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anula parte del canon digital

Como imagino que a estas horas ya todo el mundo debe saber el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que contraviene la normativa comunitaria, y por tanto es ilegal, el canon digital español para los aparatos y soportes de reproducción comprados por las empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada.

La explicación de ello es que entiende que la normativa europea permite imponer un canon, mas allá del precio que se paga por la copia legal, por el posible perjuicio que "sufren" los autores por el uso que de esa copia privada se haga. pero no cuando se sabe que los soportes sobre los que se impone el canon tienen otro destino como el que se presume a los que se compren por empresas para su actividad. Lo cual es lógico ya que las empresas y profesionales los usan para su trabajo no para grabar cosas de autores.

Sin embargo parece entenderse que cuando compra un CD un particular se puede presumir que con el va a perjudicar a un autor aunque sea haciendo de aquello por lo que ha pagado un precio en la tienda de música o dvd´s

De todas formas también hay que explicar que esta sentencia se dicta en virtud de una cuestión prejudicial, que para que se entienda es una pregunta que hizo un Tribunal español al de Luxemburgo para que se pronunciara sobre el canon sobre los soportes vendidos a empresas en un caso que se ha planteado aquí. Falta ver que se dirá cuando puedan entrar a valorar el sistema en su conjunto y esa presunción contra el consumidor que se ha establecido.

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