viernes, 15 de febrero de 2013

Respuesta a preguntas sobre los canjes de obligaciones de Bankia

A través del correo info@garciapetitabogados.es nos preguntan si un titular de preferentes o subordinadas de Bankia esta obligado a aceptar el canje o puede mantener la inversión  Y si Bankia es una entidad con riesgo de quiebra.

A la primera pregunta hay que contestar en sentido negativo. Como consecuencia de las condiciones que la Unión Europea impuso para financiar la reestructuración del sistema bancario español, materializadas en la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, el canje de los instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada, como técnicamente se llaman, será obligatorio para los que tengan este tipo de títulos de entidades nacionalizadas, como es el caso de Bankia.

En cuanto a la segunda cuestión, creo que excede de mi campo de conocimiento saber cual es el estado real de las cuentas de Bankia. En cualquier caso parece que la voluntad política en España ha sido la de impedir que ninguna entidad de crédito quiebre, aunque ello se haga pagar a los pequeños inversores con mecanismos como el canje obligatorio que acabamos de comentar.

Esperando haber resuelto las dudas al respecto, os recuerdo que cualquier cuestión que queráis que trate aquí o en el Consultorio de Derecho Económico y Empresarial de Onda Cero Castellón los jueves a las 20:20, nos la podéis enviar a info@garciapetitabogados.es


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