lunes, 26 de julio de 2010

La Lucha contra la Morosidad

Conforme está las cosas conseguir vender algo se ha puesto muy difícil. Pero aun más complicado es cobrar, lo cual, nos guste o no, es parte del negocio ya que las empresas no son ONG´s y la edad del trueque quedo atrás. Esto ultimo, aunque parezca una obviedad, muchos parecen haberlo olvidado, entre ellos las Administraciones Publicas.

Para luchar contra los retrasos a la hora de pagar se dictó La Ley de Medidas de Lucha contra la Morosidad. Ley que fijaba unos plazos máximos de pago y unas sanciones en caso de su incumplimiento, pero permitía que se “pactasen” otros plazos mayores. Cosa esta que pasaba siempre cuando una pequeña empresa tenía que negociar con un cliente grande o una Administración Publica.

Pero el pasado día 7 entró en vigor una modificación de dicha norma que elimina la posibilidad de que las partes amplíen el plazo de pago que se fija en 60 días. Asimismo se impone al moroso los costes de las gestiones de cobro. Costes de los que no se deducirán, como hasta ahora, los del abogado de quien ha tenido que acudir a juicio para cobrar.

Esto también será aplicable a todas las Administraciones públicas. Además, para poner fin a la morosidad de estas, se ha modificado también la Ley de Contratos del Sector Público para agilizar las reclamaciones de pago en caso de que incumplan los plazos de pago fijados. Así si tras ser requerida la Administración en cuestión sigue haciendo oídos sordos, la empresa contratista podrá llevarla ante los Tribunales que deberán acordar el embargo inmediato de las cantidades que le adeuden. Además se impondrán a la Administración las costas que ese procedimiento judicial genere para la empresa que reclama el pago. Esto es una gran novedad, ya que en los pleitos frente a las Administraciones, al menos hasta ahora, la regla general era que a estas no se les imponían las costas ni aunque fueran condenadas por haber incumplido la Ley, salvo casos muy excepcionales.

Aunque la norma podría ser mejor, haciendo llegar las consecuencias de los perjuicios en lugar de a la Administración, que la final somos todos, al funcionario o autoridad que contrato sin prever los fondos necesarios para pagar, es un gran avance. Esperemos que cosas como estas sean la tónica tras las vacaciones. Que ustedes lo descansen bien.

(Artículo publicado en el suplemento de empresa del Periódico Mediterráneo del día 25 de julio de 2010)

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