lunes, 15 de noviembre de 2010

La Reforma de la "Ley del Tabaco" y La Responsabilidad Patrimonial del Estado Legislador

Hace unos días se aprobó la modificación de la llamada Ley del Tabaco que prohibirá fumar en todos los lugares de acceso público. Únicamente se salvan los espacios al aire libre que considera que son los que no están techados, o si lo están los que solo están rodeados de dos paredes.
A los que más va a afectar esta prohibición es al sector de la hostelería. Por un lado por la previsible pérdida de ingresos. Por otro a todos aquellos empresarios que se gastaron su buen dinero haciendo obras para acondicionar sus locales habilitando zonas para fumadores que ahora no les van a servir de nada. A este respecto ninguna indemnización o compensación se prevé.
La constitución española establece como un principio básico de nuestro Estado el de la seguridad jurídica. En este caso seguridad jurídica supondría que si me gasto un dinero en base a lo que la Ley dice que puedo hacer eso no va a cambiar, y si lo hace seré debidamente indemnizado. Ante ello se puede argumentar que los políticos integrantes del poder legislativo, en virtud del mismo, son libres de modificar las leyes cuando lo consideren si reúnen la mayoría necesaria. Pero el poder legislativo también está sometido al ordenamiento jurídico que él mismo ha aprobado. Así no pueden cambiar las leyes, quebrando la seguridad jurídica y perjudicando al personal alegremente, sin consecuencia alguna amparándose en la legitimidad democratica.
El poder legislativo como tal, al igual que todo ciudadano, debe responder de sus actos, indemnizando los perjuicios que pueda causar cuando actúa ilegítimamente.
A este respecto han tenido ocasión de pronunciarse los Tribunales en anteriores ocasiones dando lugar a la llamada doctrina de la responsabilidad del Estado legislador. Con ella se viene a señalar que el Estado tiene que responder económicamente cuando los actos de su poder legislativo, la aprobación o reforma de una Ley, infringen las garantías del Estado de Derecho generando perjuicios en la población.
Este es el caso que, bajo mi punto de vista, se da con la reforma de la Ley del Tabaco frente a la cual los perjudicados deberían reaccionar para ser debidamente indemnizados de forma que se respeten sus derechos.

(Artículo publicado en el suplemento de Empresa del Periódico Mediterráneo del día 7 de noviembre de 2010)

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