lunes, 22 de noviembre de 2010

Prevenir el blanqueo o institucionalizar la delación

Dentro del afán de los Gobiernos de controlar absolutamente la vida de los ciudadanos y las empresas que sufrimos con especial intensidad en Europa. España es el adalid en la materia. Así este año se ha dictado una nueva ley con la que alcanzar este objetivo, la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Con tan bonito nombre a ver quién es el valiente que dice que está en contra de lo que en ella se prevé.

El contenido de la norma se vendría a resumir en la imposición a las empresas de la obligación de comprobar que la identidad de las personas con las que contratan es la que se dice ser, determinar cuál es la autentica finalidad de la relación de negocios que establecen con ellas y vigilar esa relación durante todo el tiempo que dure. Toda esa información se deberá conservar a disposición de, como no podía ser de otro modo, una nueva administración pública que se crea, la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, a la que también se deberá informar de “motu proprio” de todo aquello que se crea sospechoso, así como de determinados pagos que por el medio y la cuantía en la que se realicen se presume que pueden ocultar operaciones de blanqueo de capitales.

Evidentemente la imposición de todas estas nuevas obligaciones se quedaría en nada si no se articulara el correspondiente régimen sancionador en caso de incumplimiento de las mismas. Sanciones que pueden llegar a los sesenta mil euros por cada dato que se hubiera tenido que facilitar y no se hubiera hecho.

En definitiva esta nueva norma institucionaliza algo tan propio de sistemas poco democráticos como es la delación. Y lo que es mas grave, sanciona a quienes no colaboren. Con ello se está delegando, una vez más, en las empresas funciones que tradicionalmente correspondían al Estado, en este caso relacionadas con el mantenimiento de la seguridad pública.

El Legislador en este punto creo que se equivoca ya que la función de las empresas no es otra que la de cumplir con su objeto social, produciendo bienes y servicios, generando empleo y obteniendo el máximo beneficio posible, aunque esto último este mal visto, y no la de servir altruistamente de instrumento a fines propios del Estado por muy superiores que se considere que son.

(Artículo publicado en el especial Empresa del Periódico Mediterráneo del domingo 21 de noviembre de 2010)

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