Hace
unos días se produjo la aprobación de la reforma fiscal. El Consejo de Ministros
aprobó el pasado 5 de enero el Real
Decreto 1073/2014, de 19 diciembre sobre modificación del Reglamento del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en materia de pagos a cuenta y
deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. A modo de
resumen:
En
cuanto a las retenciones salariales se adaptarán de tal manera que producirá
una elevación de los umbrales de retención, o lo que es lo mismo, la cuantía a
partir de la cual debe empezar a practicarse la misma.
Las modificaciones van a producir, con carácter general,
una reducción de la carga tributaria en los perceptores de rendimientos de
trabajo, que se intensifica en los contribuyentes con menores recursos o con
mayores cargas familiares.
Se fija los requisitos para aplicar las nuevas
deducciones por familia numerosa o personas a cargo con discapacidad.
Existirán tres nuevas deducciones (impuestos negativos
que operarán de forma análoga a la deducción por maternidad) aplicable por
trabajadores por cuenta propia o ajena integrados en una familia numerosa o con
un descendiente o ascendiente con discapacidad por el que tenga derecho al
mínimo correspondiente (33 por 100 o más)
Percepción
anticipada. Al igual que la deducción, será posible solicitar a la Agencia
Tributaria la percepción anticipada de las nuevas deducciones. A tal efecto, se
establecen dos modalidades de solicitud de la deducción de forma anticipada:
colectiva e individual.
En total, 750.000 familias se podrán beneficiar de las
nuevas deducciones (impuestos negativos) por contribuyente con discapacitados a
cargo o familia numerosa.
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